TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: La cantidad de ancianos residentes en distintas instituciones de nuestro Partido. Que es necesario que los ancianos desarrollen distintas activida-des del tipo laboral artístico, cultural y recreativo; Que es importante atender en forma adecuada su alimentación, Hi-giene, vestuario, alojamiento y salud de los residentes a través de acciones preventivas, de tratamiento y rehabilitación. La necesidad de promover a través de la institución el manteni-miento de un estrecho vínculo entre el anciano y su grupo familiar y/o personas allegadas. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 23/93 ------------------------------ ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a aprobar el modelo de Conve- ------------ nio de Becas entre la Subsecretaria de la Infancia, la Familia y el Medio Ambiente, del Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia de Bue-nos Aires y las instituciones de ancianidad del Partido de Balcarce, cuya copia como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los veintisiete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y tres. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.----